El Consejo Escolar es la máxima autoridad del centro y al mismo tiempo un organismo de participación democrática en la gestión y toma de decisiones.
En el Consejo Escolar se encuentran representados todos los estamentos de la comunidad educativa (profesores, alumnos, padres y madres, personal no docente), que escogen a sus representantes en un proceso electoral que se celebra cada dos años.
Preside el Consejo Escolar el director del centro y levanta acta de sus decisiones el secretario. Participan también el jefe de estudios y un representante del Ayuntamiento, además de los representantes de los profesores, padres, alumnos y personal no docente.

Funciones del Consejo Escolar
Algunas de las funciones del Consejo Escolar son las siguientes:
- Intervenir en el nombramiento del director.
- Aprobar los presupuestos del centro.
- Participar en la configuración del Proyecto Educativo del centro y aprobar el Plan de Centro anual.
- Gestionar y aprobar las actividades extraescolares y las salidas lúdicas y culturales.
- Resolver cuestiones disciplinarias graves.
- Velar por la optimitzación, conservación y renovación de las instalaciones y equipamientos escolares.
- Supervisar la marcha general del centro.
Composición
Los miembros actuales del Consejo Escolar son los siguientes:
- El director o la directora del centro, que será su Presidente/a.
- El/la jefe/a de estudios.
- Un/a regidor/a o representante del Ayuntamiento.
- Un número de profesores y profesoras que no podrá ser inferior en un tercio del total de los componentes del Consejo.
- Un número de madres o padres y de alumnos/as que no podrá ser inferior en un tercio del total de los componentes del Consejo. Una de ellas será consejera por designación directa de la AMPA.
- Un/a representante del personal de administración y servicios del centro.
- El/la secretario/a del centro, que actuará como secretario/a del Consejo, con voz y sin voto.
El número total de madres/pares, docentes y alumnas, es variable en función de las unidades totales del centro educativo.